En la sección de política y educación: ¿cómo se elaboran las leyes y cómo analizar la política educativa? tenemos que realizar un análisis sobre:
1. La jerarquía de las distintas
leyes en España y en qué radica las diferencias entre ellas.
La
legislación en España se encuentra organizada mediante una escala en función
del rango de importancia que tienen las distintas leyes en donde la diferencia
radica en el nivel de relevancia de unas ante otras y en consecuencia la
subordinación de las de menor rango ante las de mayor rango.
La ley que
encontramos en la cima de la escala y de mayor relevancia es La
Constitución , es la ley suprema y por la que el resto de
normativas se deben regir y adaptar en el momento de su elaboración; en menor
orden de relevancia le siguen los Tratados
Internacionales una vez hayan sido celebrados y publicados oficialmente en
España siempre y cuando se ajusten a la Constitución.
En el
siguiente escalafón se encuentran las Leyes
emanadas de las Cortes Generales, conformadas por las Leyes ordinarias y las Leyes orgánicas. La Ley es el mandato por
excelencia iniciándose en el gobierno, pasando después por el Congreso y el Senado
para su aprobación y finalmente aceptada por iniciativa popular para ser
publicada en el B.O.E.
En el
tercer escalafón de rangos tenemos las Normas
emanadas del Gobierno como son el Decreto-Ley
donde le poder legislativo en este caso lo tiene el Gobierno en lugar del
Parlamento puesto que se realizan de manera extraordinaria y provisional dada
su urgente necesidad pero teniendo que ser convalidadas por el Congreso de los
Diputados para su aprobación; y el Real
Decreto mediante el cual el Gobierno también se encarga de su elaboración
pero en este caso para quitar carga legislativa a las Cortes asentando las
bases y condiciones de una determinada materia.
Y
finalmente en el último escalafón y siendo el de menor rango se encuentran los Reglamentos, siendo elaborados para
desarrollar, aclarar y articular las Normas par que puedan ponerse en práctica y
estando compuestos por Reales Decretos
provenientes del Consejo de Ministros, Ordenes
de las Comisiones Delegadas del Gobierno, Ordenes
Ministeriales de los Departamentos Ministeriales y Circulares, Resoluciones, Instrucciones y Ordenes de Servicio.
Todo ello a
nivel nacional, pero una vez elaboradas para todo el territorio, existe
autonomía para la elaboración de Normas a nivel Autonómico desarrollando la función la Cámara Legislativa
de la CC.AA y a nivel Local,
los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales, estando subordinadas todas ellas
a la legislación nacional.
2. La estructura de las leyes en
España.
Las leyes
se dividen en:
- Título: en él se expone el nombre y número ordinal de la
correspondiente ley así como la fecha en la que el Parlamento ha aprobado
dicha ley.
- Parte expositiva:
-Preámbulo o
exposición de motivos: en esta sección se hacer referencia a las pretensiones y objetivos de
la ley y las razones y justificación de su elaboración.
- Parte dispositiva:
-*Libros: únicamente se añaden cuando la ley
es muy extensa y con carácter excepcional.
-Títulos: se añaden cuando la ley también es
extensa expresándose en números romanos seguido del nombre de dicho título.
-Capítulos: es una subdivisión de una ley, o si
dispone de títulos, una división de éstos expresándose en números romanos
seguido del nombre que recibe el capítulo.
-Secciones: es una subdivisión de los capítulos
enumerándose ordinalmente.
-Artículos: son las unidades básicas de las
leyes enumerándose a razón del título, capítulo o sección y en cuyo título
figurando su contenido brevemente.
-Apartados: son las subdivisiones de los
artículos y se enumeran cardinalmente.
-Letras: son las subdivisiones de los
artículos o de los apartados.
- Parte final: está integrada en la parte dispositiva de la ley
constando de:
-Disposiciones
adicionales: contienen
los regímenes jurídicos especiales y mandatos no referidos a la producción de
normas siendo esta sección de carácter más abierto que el resto de
disposiciones.
-Disposiciones
transitorias: tienen
el objetivo de facilitar el tránsito entre la norma antigua y la norma nueva.
-Disposiciones
derogatorias: en
ellas, como su propio nombre indica, se deroga alguna norma jurídica vigente.
-Disposiciones
finales: son normas
que establecen el mandato de aprobación de otras normas y reglamentos para
desarrollar la ley, sirviendo también para modificar el derecho vigente e
incluyendo las cláusulas sobre la entre en vigor de dicha ley.
-Anexos: donde se incluye información
complementaria de los artículos.
3. El proceso de elaboración de las
leyes (proceso legislativo).
Consta de
tres fases:
- Fase inicial: se presenta un iniciativa legislativa a la que se denomina
“proyecto de ley” si la elabora el Gobierno o “proposición de ley” si la
elabora el Congreso, Senado, CC.AA o un número determinado de ciudadanos y
se presenta tanto en el Congreso de los Diputados como en el Senado para
su publicación teniendo un plazo de 15 días para proposiciones
incluyéndose estas una vez finalizado el plazo en el orden del día del
pleno para su consideración y votación,
si son aceptadas se inicia la tramitación para su inclusión o si
no, finaliza el plazo de tramitación.
- Fase constitutiva: en esta fase se determina el contenido de la ley
mediante deliberaciones y votaciones realizadas en las Cámaras del
Congreso o Senado.
- Fase final: la ley la
sanciona, y promulga el Rey en los 15 días siguientes y se publica en el
Boletín Oficial del Estado.
-Bibliografía:
Pau i Vall, Francesc. (2009). La estructura de las leyes en España. Revista debate 16, 12-20.
I.E.S Heliópolis. Principios de Gestión administrativa: La jerarquía de las leyes enla Constitución
Lec.2. Sevilla.
Pau i Vall, Francesc. (2009). La estructura de las leyes en España. Revista debate 16, 12-20.
I.E.S Heliópolis. Principios de Gestión administrativa: La jerarquía de las leyes en
El Procedimiento legislativo
ordinario, extraído
de:
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